Ante la reciente declaración, esta misma semana, como Bien de Interés Cultural (BIC) del Peñón de la Re-ina, en Alboloduy (Almería), el Grupo Ecologista CÓNDOR ha solicitado que los desmontes ilegales que hizo el Ayuntamiento el año pasado sean restaurados, así como que sean pagados por los responsables políticos directos de este grave daño y no por la Administración.
El Grupo Ecologista CÓNDOR denuncio, en su momento, en el Juzgado de Almería al Ayuntamiento de Alboluduy por haber realizado los citados desmontes en el Peñón de la Reina. El hecho que produjo enormes destrozos en este monte, de gran valor ecológico, además de producir graves daños materiales a las instalaciones deportivas de esta localidad, que las ha inutilizado, así como a otras viviendas privadas.
Las obras se han realizado sin la aprobación ni las licencias administrativas necesarias y tenían como fina-lidad obtener suelo para la construcción de una urbanización de quince viviendas. Careciendo, incluso, de proyecto y de informe geológico.
Dicho paraje, de elevado valor paisajístico y natural, tiene la consideración de suelo rústico dentro del Plan General de Ordenación Urbana del Término Municipal de Alboluduy, por lo que todo este desmonte se está realizando sin la modificación de la normativa urbanística y, por tanto, sin la preceptiva autorización de la Comisión Provincial de Urbanismo. Toda esta obra está conllevando la movilización de toneladas de tierra que, tras su acumulación sobre el muro de la pista polideportiva municipal ha provocado el derrumbe de parte del mismo, ya que el terreno está conformado por materiales poco consolidados y con un gran riesgo de desprendimientos y arrastre.
Hay que señalar, asimismo, que la zona afectada tiene la consideración de terreno forestal en virtud a lo dispuesto en la Ley 2/1992 Forestal de Andalucía, por lo que esta obra necesitaba, también, la correspondiente autorización de la Consejería de Medio Ambiente, autorización que no existe.
Es importante añadir que este paraje ha sido declarado Bien de Interés Cultural por la Consejería de Cultura por sus importantes yacimientos arqueológicos.
Todos estos destrozos están penados por las leyes y en esos delitos basa el Grupo Ecologista CÓNDOR su denuncia ante la Fiscalía de la Audiencia Provincial, y que podemos resumir en los siguientes términos:
1. Contra los concejales que han informado o votado favorablemente el proyecto de edificación o conce-sión de licencias contrarios a las normas urbanísticas, delito tipificado en el artículo 320 del Código Penal.
2. Causar daños a los yacimientos arqueológicos del Peñón de la Reina, (artículo 323 del Código penal).
3. Haber destinado fondos del Ayuntamiento de Alboloduy para estos trabajos no autorizados, (artículo 433 del Código Penal).
4. Causar daños al patrimonio municipal (polideportivo), (artículo 264, 4º del Código Penal).
5. En lo referente a los daños causados al medio ambiente natural han infringido las siguientes normas: Ley 7/1994, de Protección Ambiental de Andalucía; Ley 2/1992, Forestal de Andalucía; Decreto 292/1995, Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental; R.D.L. 1302/1986, de Evaluación de Impacto Ambiental. Así como el Plan Especial de Protección del Medio Físico.
El Grupo Ecologista CÓNDOR le pide al Fiscal que practique las diligencias que procedan para el total es-clarecimiento de los hechos y de las responsabilidades penales y civiles derivadas.
Además, a esto habría que añadir que se realiza un foco importante de viviendas fuera del núcleo urbano consolidado de Alboloduy, creando, con ello otros núcleos de población distintos y distantes que originan un gran impacto paisajístico, un encarecimiento de los servicios urbanos, algunos de los cuales habrían tenido que hacerse nuevos como las redes de alcantarillado, luz y electricidad.
Asimismo, el desmonte ha cubierto la Acequia de Los Imposibles, a través de la cual se riega una importan-te zona de la vega del Pueblo.
Como hay varias Administraciones implicadas, como se ha señalado, el Grupo Ecologista CÓNDOR se ha dirigido a ellas exigiéndoles su implicación en la solución (restauración) de estos destrozos, realizando la correspondiente denuncia y la exigencia de información al respecto, amparándose en la Ley 38/1995 sobre el Derecho de Acceso a la Información en Materia de Medio Ambiente.